Procedimientos administrativos

- STC 3/2008 - "En relación con el control constitucional de las resoluciones judiciales que declaran la extemporaneidad de recursos contencioso-administrativos interpuestos contra la desestimación por silencio administrativo de solicitudes o reclamaciones de los interesados, existe ya una consolidada doctrina de este Tribunal, que arranca de la STC 6/1986 y que confirman y resumen, entre otras, las SSTC 188/2003 y 220/2003... y las más recientes SSTC 14/2006, 39/2006, 186/2006, 27/2007 y 64/2007.
Conforme a esta jurisprudencia constitucional, que comienza por subrayar que el silencio administrativo negativo es simplemente una ficción legal que responde a la finalidad de que el administrado pueda acceder a la vía judicial superando los efectos de inactividad de la Administración, hemos declarado que, frente a las desestimaciones por silencio, el ciudadano no puede estar obligado a recurrir siempre y en todo caso, so pretexto de convertir su inactividad en consentimiento del acto presunto, imponiéndole un deber de diligencia que sin embargo no le es exigible a la Administración en el cumplimiento de su deber legal de dictar resolución expresa en todos los procedimientos. Bajo estas premisas, hemos concluido que deducir de ese comportamiento pasivo del interesado su consentimiento con el contenido de un acto administrativo presunto, en realidad nunca producido, negando al propio tiempo la posibilidad de reactivar el plazo de impugnación mediante la reiteración de la solicitud desatendida por la Administración, supone una interpretación que no puede calificarse de razonable —y menos aún, con arreglo al principio pro actione, de más favorable a la efectividad del derecho fundamental del art. 24.1 CE—, al primar injustificadamente la inactividad de la Administración, colocándola en mejor situación que si hubiera cumplido con su deber de dictar y notificar la correspondiente resolución expresa." (FD 3)


Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992)

Supresión de la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes (RD 522/2006) - Sistema de Verificación de Datos de Identidad (O PRE/3949/2006)

Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1988)

Ley de Conflictos Jurisdiccionales (LO 2/1987)

Reglamento general de desarrollo de la Ley General Tributaria en materia de revisión en vía administrativa (RD 520/2005)

Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial (RD 429/1993)

Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (RD 1398/1993)

Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (RDLeg 781/1986)

Ley de Haciendas locales (RDLeg 2/2004)


Ley de duración máxima y régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos de Madrid(L CAM 1/2001)

Ley de Servicios Jurídicos de Madrid (L CAM 3/1999)

Ley del Derecho de Petición (LO 4/2001)

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